Calculadora de Cuánto Cobrar por Hora
Calcula cuánto tienes que facturar por un contrato de prestación de servicios en Colombia para que, después de pagar seguridad social y retención en la fuente, te quede exactamente el neto que quieres. Te da el valor del contrato mensual y su tarifa por hora equivalente.
Después de pagar seguridad social y retención.
Equipos, licencias, internet, coworking. Opcional.
Trabajo de oficina, consultoría, desarrollo de software
160 = 8 h × 20 días.
¿Qué es calculadora de cuánto cobrar por hora?
Un trabajador independiente no cobra lo que le queda: cobra un contrato del que después salen la salud, la pensión, la ARL y, si el pagador es agente de retención, la retención en la fuente. Entre el número que se pacta y el que llega a la cuenta hay una diferencia que suele rondar el 30 %, y que casi nadie calcula antes de pasar una cotización.
Esta calculadora funciona al revés que las demás: no parte del contrato para decirte qué te queda, sino del neto que quieres recibir para decirte qué contrato pedir. Es la cuenta que necesitas cuando un cliente te pregunta cuánto cobras y no quieres descubrir a fin de mes que trabajaste por menos de lo que creías.
Además incorpora lo que un empleado tiene y un independiente no: las vacaciones que nadie te paga y los meses en los que te quedas sin contrato. Si no los provisionas dentro de tu tarifa, los estás financiando de tu bolsillo.
Cómo funciona
- Escribe cuánto quieres recibir limpio cada mes, ya descontado todo.
- Añade tus gastos fijos mensuales si quieres que el contrato los cubra: equipos, licencias, internet o coworking.
- Ajusta las provisiones: cuántos días de vacaciones vas a tomar al año y cuántos meses esperas pasar sin contrato.
- Elige tu nivel de riesgo de ARL. El I, de trabajo de oficina, es el más barato; el V, de alturas o minería, cuesta trece veces más.
- Indica cuántas horas facturables tiene tu mes. 160 equivale a ocho horas por veinte días.
- Selecciona cómo te retienen: con la tabla del artículo 383, con una tarifa fija de honorarios o servicios, o nada si tu pagador no es agente de retención.
- El resultado te da el contrato mensual a facturar, la tarifa por hora equivalente y el desglose completo de a dónde va cada peso.
Fórmula
Neto = Contrato − (Salud + Pensión + ARL + FSP) − Retención
- IBC
- — 40 % del contrato, con piso de 1 SMMLV y techo de 25 SMMLV
- Salud
- — 12,5 % del IBC, a cargo completo del independiente
- Pensión
- — 16 % del IBC
- ARL
- — del 0,522 % al 6,96 % del IBC, según el nivel de riesgo
- FSP
- — Fondo de Solidaridad Pensional: del 1 % al 2 % del IBC, solo desde 4 SMMLV de IBC
- Retención
- — tabla del art. 383 ET sobre la base depurada, o tarifa fija sobre el contrato
La herramienta resuelve esta ecuación al revés: fija el neto y busca el contrato. No se puede despejar en un solo paso porque el piso y el techo del IBC, los escalones del Fondo de Solidaridad Pensional y los tramos de la tabla de retención introducen codos en la curva. Se resuelve por aproximaciones sucesivas, redondeando siempre a favor del contratista.
Ejemplo
Un desarrollador que quiere recibir 5 millones limpios
- Neto deseado
- $5.000.000 al mes
- Nivel de riesgo ARL
- I (oficina)
- Provisiones
- 15 días de vacaciones y 1 mes sin contrato
- Horas facturables
- 160 al mes
Un contrato de alrededor de $6.400.000 al mes, unos $40.000 por hora
Sin provisiones, recibir 5 millones limpios exige facturar cerca de 5,66 millones: el IBC es el 40 % del contrato, unos 2,26 millones, sobre los que se pagan 283.000 de salud, 362.000 de pensión y 12.000 de ARL. La base gravable queda en torno a 72 UVT, por debajo del umbral de 95, así que no hay retención. Al provisionar 15 días de vacaciones y un mes sin contrato, el contrato sube a unos 6,44 millones, es decir 40.245 por hora: se va el 22,4 % de lo que facturas.
Ten en cuenta
- El IBC es el 40 % del contrato, pero nunca menos de 1 salario mínimo. Por eso en contratos pequeños los aportes pesan proporcionalmente mucho más: se cotiza sobre el mínimo aunque el 40 % dé menos.
- La tabla del artículo 383 no retiene nada por debajo de 95 UVT de base gravable. Buena parte de los independientes está por debajo de ese umbral y no sufre retención alguna.
- El cálculo no contempla deducciones personales que sí pueden bajar tu retención real: dependientes, intereses de vivienda, medicina prepagada o aportes voluntarios a AFC y pensión.
- En los niveles de riesgo IV y V la ley obliga a que la ARL la pague el contratante, no el contratista. Se incluyen igualmente porque necesitas conocer el costo total del contrato al cotizar.
- Es una estimación informativa para ayudarte a poner precio. No sustituye la asesoría de un contador ni constituye asesoría tributaria.